Los mismos que abrieron la puerta a los ingleses en 1806 y cometieron las más feroces atrocidades históricas hasta el día de hoy en nuestra querida Patria; los ideólogos del liberalismo cipayo siguen jodiendo en la paciencia de un pueblo. Pero a veces, nuestra cuestionada justicia, tira un "tiro" a favor nuestro. A esta altura no sabemos si es para disimular actitudes de otros fallos "payasescos" como los amparos a la tan consensuada Ley 26.522 de S.C.A. o si realmente se pusieron la toga de magistrados y decidieron ejercerla.
La resolución fue adoptada por la Sala 5 de la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo, al entender que la Ley 26.522 no define que la Comisión Bicameral parlamentaria, facultada para designar a sus representantes, debe estar integrada de acuerdo con la composición del Congreso conformado luego del 10 de diciembre de 2009. Este es el primer fallo a favor del texto de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (S. C.A.) Según la Ley 26.522, la AFSCA comenzó a funcionar el 10 de diciembre de 2009. Por ese motivo Pinedo entendió que la conformación del Directorio designado antes de esa fecha no era reflejo de la composición del Congreso cuyas bancas se renovaron también el 10 de diciembre.
La jugada del legislador del PRO apuntaba a que con una presunta mayoría opositora en varias de las comisiones parlamentarias conformadas luego del 10 de diciembre la oposición podía ganar un lugar más en el Directorio del organismo que reemplazó al COMFER.El diputado había solicitado que se dicte una medida cautelar para que se suspenda el artículo 2º inciso b) del Decreto 1525/09 que reglamentó el mecanismo de designación de los siete integrantes del Directorio de la AFSCA. Los magistrados entendieron que prima facie no se desprende en la Ley de S.C.A. la fijación de un momento determinado para proceder a la integración de la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, que debe designar a 3 de los 7 directores de la AFSCA, ni que deba conformarse a partir de la renovación de los integrantes del Congreso.
Cabe señalar que de acuerdo al artículo 14 de la Ley 26.522 ,los integrantes del Directorio de la AFSCA durarán 4 años en sus cargos debiendo existir 2 años de diferencia con el inicio del mandato del Presidente de la Nación. De allí el pedido de Pinedo para que la designación de los 3 directores de la AFSCA se haga con la Comisión Bicameral conformada con el mapa legislativo surgido tras el 10 de diciembre. Dicha Comisión Bicameral designó al abogado Claudio Schiffer como representante del oficialismo en el Directorio de la AFSCA. En tanto la oposición aún no propuso sus representantes. Además de reconocer la decisión judicial, la FATPREN reafirmó su voluntad de seguir luchando firmemente junto a las gremios de la comunicación nucleados en la COSITMECOS y en la Coalición por una Radiodifusión Democrática, para que se aplique sin trampas una Ley de Medios que fue votada por el Congreso, sancionada por el Poder Ejecutivo y sostenida por miles de militantes convencidos de la necesidad de democratizar definitivamente la comunicación social en la Argentina.
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