Es una verdadera vergüenza de la justicia nacional. En el proceso de amparo, las medidas cautelares son excepcionales. Sencillamente porque la naturaleza de vía rápida y expedita que define la Constitución Nacional las torna innecesarias. Por otro lado, que toda medida cautelar suspensiva de una norma o acto comporta un PREJUZGAMIENTO FORZOSO por parte del juez que dicta la medida; y a sabiendas que estas acciones de amparo no se promueven para obtener una sentencia.
Podemos citar las experiencias de los últimos tiempos en relación a la Ley de Medios. Accionar judicialmente desde Primera Instacia con vehemencia política, a las decisiones del Estado Nacional y del Congreso Nacional da mucho que pensar sobre las intenciones de la obsenidad judicial a través de medidas cautelares. Habría que empezar por denunciar abiertamente a estos jueces recurrentes en el mal desempeño, como si con los de Mendoza y Salta no hubiéramos tenido bastante ahora surgen en la Provincia de Buenos Aires.
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